Afrontar la muerte de un familiar es una situación extremadamente fuerte, se siente tristeza e impotencia y muchas veces rabia. ¿Qué sentirías en caso de que la persona que has perdido fue víctima de negligencia en un accidente? Ciertamente, sentirás que todo ha sido injusto y muy repentino. A pesar de todo ello, debes considerar que la ley te ampara en el apartado económico, y puedes recibir indemnización.
Dicho esto, si una persona fallece a causa de negligencia de un tercero, durante un accidente de tránsito, la ley contempla que los familiares, conyugue o allegados tienen el derecho de recibir un aporte económico. La cantidad de aporte recibido dependerá de ciertos factores, como la edad de los perjudicados, y la relación (sanguínea o legal) que tuvieran.
Ciertamente, solo se tiene dicho derecho cuando se demuestra que el accidente no haya sido causado por la persona víctima. No obstante, sea o no la victima el culpable, los ocupantes del vehículo deben recibir su respectivo importe económico.
Cuando existía convivencia con la victima (conyugue o familiar)
Si la persona afectada era pareja estable del fallecido, es decir conyugue viudo, tiene derecho a recibir hasta 90.000 dólares. La cantidad suele aumentar si se cumplen algunas condiciones que aquí comentaremos a continuación, presta atención ya que son muy variadas las situaciones que se consideran para estos casos.
Durante una situación así, el conyugue tiene derecho a recibir indemnización de acuerdo a los años de convivencia que tuvo con el fallecido. A partir de los 15 años, se puede reclamar 1.000 dólares extras por cada año. Si existían varias parejas, la indemnización se debe repartir en partes iguales sin excepción.
Por ejemplo, de acuerdo a la edad del viudo o viuda, suele aumentar la indemnización. Es importante saber que el tipo de indemnización es acumulable con otras, y además, no existe exclusión en alguna. Se aplican tanto para casos de conyugue viudo, o hijos y familiares.
En caso de que la persona que convivía con la víctima era familiar, también existen excepciones que pueden terminar en un mayor monto para la indemnización. En caso de que el hijo de la víctima sea menor de 30 años, debe recibir un total de 35.000 dólares. De igual manera, si este fuera hijo único, se le deben sumar un 25% extra. En último caso, si el fallecido es nieto del perjudicado, y este era su único acompañante, el aumento es de hasta un 50%.
Adicionalmente, si en un accidente de tráfico ha ocurrido la grave tragedia de que dos progenitores pierdan la vida, el culpable debe de pagar un extra de hasta 70%. De forma similar sucede cuando el fallecido se trataba del único progenitor del familiar. Si este, tenía una edad menor a 20 años, el monto aumenta en 50%, de lo contrario, los litigantes recibirán un 25% más.
En caso de que la víctima presente discapacidad intelectual, física o sensorial
Los familiares con discapacidad física, intelectual o sensorial son casos especiales en el proceso de obtener una indemnización. De acuerdo al tipo de discapacidad, se debe otorgar 5.000 dólares extra o más.
Depende del grado de discapacidad de la persona, el aumento en la indemnización. Para determinar esto, es necesario acudir a ayuda profesional médica. Este debe generar un informe, que será entregado por su abogado ante el juez.
El máximo de aumento será de un 75%, siempre tomando como base, daños o perjuicios personales básicos. Como mencionamos, cuando se maneja este tipo de casos, se pueden acumular montos, de acuerdo a una serie de características.
Como actúa la ley en caso de que la fallecida estaba embarazada
Otros elementos que son meticulosamente cuidados por la ley, si la fallecida estaba embarazada, los familiares y el conyugue deben recibir un aporte de acuerdo a la cantidad de semanas de gestación que tenía la criatura.
- Cuando el embarazo presentaba menos de 12 semanas de gestación, la suma total es de 15.000 dólares.
- En caso de que el embarazo ya estuviera en estado avanzado, con más de 12 semanas de gestación, el total es de 30.000 dólares.
¿Puede solicitar indemnización para los gastos de perjuicios patrimoniales?
La ley también contempla el cubrimiento de gastos de perjuicios patrimoniales, a causa del fallecimiento de la víctima. Esto incluye, desplazamiento, funeral y otros. El monto base para ello, es de 400 euros. Si usted considera que esto es muy poco, con la ayuda de un abogado de accidentes puede generar un documento justificativo en el que se especifiquen otros montos, por ende, la indemnización será mayor.
Si no se puede determinar qué tipo de perjuicio ha generado la muerte o fallecimiento de la víctima, entonces se traduce en un “Perjuicio excepcional”. Es allí cuando usted, va a recibir un aumento del 25%, respecto al monto de indemnización estándar o básica.
No deje que un tercero negligente arruine su viaje tras el volante
Los accidentes de tránsito pueden generarse a causa de múltiples factores, uno de ellos es mantener el estado de ebriedad (por consumo de bebidas alcohólicas) mientras se conduce. Adicionalmente, las distracciones como el uso del Smartphone o maquillarse tras el volante, no pueden ser ignoradas.
¡Es por ello que debes estar atento siempre con los ojos ante la autopista, otros automóviles y transeúntes! Una perdida fatal suele impactar para toda la vida a los familiares, incluso trayendo como consecuencia daños psicológicos. Si usted no ha sido el culpable, póngase en contacto con un abogado.
¿Por qué? Pues como hemos mencionado, si usted cuenta con un abogado, puede sobrellevar de mejor manera todos los trámites que amerita la situación. El perito en derecho, será su mano derecha para discutir en contra de las aseguradoras, que en la mayoría de los casos, pretenden no cubrir gastos por fallecimiento del implicado.
Como punto final, agregamos esto; y es que en gran medida que este tipo de aportes no significa menos dolor para usted; tampoco decimos que solucionará sus problemas. Sin embargo, será en cierta forma un grano de arena para tratar de sobrellevar asuntos económicos que le podrían acarrear su perdida.