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Abogados De Caídas Y Resbalones En Miami

por | Jul 16, 2018 | Services, abogado-de-resbalones-y-caidas

Abogados De Caídas Y Resbalones En Miami

Contrate un abogado de resbalón y caída en Miami

Sufrir daños o lesiones como resultado de la imprudencia o negligencia de un tercero, es un asunto muy serio que no debería quedar impune. Si usted se ha resbalado o tropezado y caído, debido a que alguien no cumplió con la normativa y estándares de seguridad implementados para evitar accidentes a los usuarios y peatones, es injusto que tenga que correr con las consecuencias. No solo es el tema de las heridas que usted físicamente sufra, la incomodidad, el dolor… sino también el costear los gastos y facturas que el inconveniente acarree, como sufragar los gastos médicos ocasionados por la atención a las heridas; además de otros perjuicios de

tipo económico, como lo es la pérdida de salarios en algunos casos. Usted, como víctima de un accidente de resbalón, le asisten derechos que cuentan con protección legal, como el de recibir una justa indemnización que compense su sufrimiento y los perjuicios que le han sido infligidos por causa de alguien más. Contrate un abogado de resbalón y caída en Miami y obtenga la máxima indemnización posible, para su tranquilidad y la de los suyos.

¿Y qué es (jurídicamente hablando) un accidente de resbalón y caída?

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En el mundo del derecho, un accidente de resbalón y caída no es cualquier golpe y porrazo que alguien reciba. No todos los tropezones, resbalones y caídas que pueda sufrir una persona configuran este hecho jurídico en particular. Lo que se conoce como agravio o accidente de resbalón y caída, a efectos legales, es un acontecimiento que reúne una serie de factores que deben coincidir, siempre que alguien termine, dolorosamente, tirado en el piso o terreno. La clave diferencial viene dada por la posibilidad o no de generar una indemnización para la víctima, y por la responsabilidad objetiva del tercero.

Estos factores o elementos distintivos deben ser identificados, con precisión, en cada caso particular. Para que tenga una mejor idea del asunto, permítame intentar explicárselo de forma sencilla con estos ejemplos:

Supongamos que usted, o un ser querido, se ha resbalado o tropezado y caído al caminar por un centro comercial carente de mantenimiento, con grietas en el pavimento, con roturas y desniveles, con drenajes que no poseen las rejillas correspondientes, o porque el material del piso no ha sido acondicionado para que resulte una superficie anti resbalante y segura para los peatones. Supongamos que esa caída, además del disgusto, el susto y la molestia, le haya ocasionado heridas de tipo físico. Tal vez se trate de lesiones leves como aporreos, ligeros cortes y moretones que no lo incapaciten físicamente; o puede ser algo mucho más grave, como cuando ocurren fracturas complicadas que ameritan intervención quirúrgica y un tiempo considerable para sanar (si es que llegan a sanar). O, imaginémonos que usted caminaba en una terminal aeroportuaria que tenía algunos pisos resbalosos por estar húmedos, pero que carecían de las necesarias señales de precaución y advertencia; así que inadvertidamente caminó sobre ellos, ignorante de las condiciones peligrosas en las que se encontraban. Se deslizó y cayó en medio de una multitud de pasajeros. Terminó adolorido y avergonzado y (para colmo de males) el percance le hizo perder su vuelo, con conexión a otro que -en consecuencia- también perdió. ¡Y la valiosa computadora personal que llevaba consigo, resultó destrozada al estrellarse contra el piso junto con usted! Comoquiera que el accidente sufrido por usted (o su familiar) ocurrió porque alguien más no tomó, ignoró, desatendió las medidas y previsiones que eran necesarias para evitarlo (el dueño de la propiedad o su administrador o el encargado de la misma), nos encontramos frente a lo que la doctrina conoce como un caso de accidente de resbalón y caída, porque (junto con el elemento de no cumplir con la normativa de seguridad), conlleva a la posibilidad de ser indemnizable en beneficio del afectado; es decir, la víctima.

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En cualquier caso (sean cuales sean las consecuencias de la caída) si el accidente ocurrió en condiciones como las antes mencionadas y generó algún daño a la persona o a su patrimonio, ella tiene el derecho a ser indemnizada mediante el pago de una compensación monetaria, por parte de quien sea objetivamente responsable de la ocurrencia de su accidente de resbalón y caída. Eso es lo que dicta la ley.

En otras palabras: un accidente donde la víctima ha caído y se ha hecho daño, por causa de la acción u omisión del tercero responsable, que involucra la posibilidad de ser resarcido mediante el pago de una compensación económica que el agente causante o responsable del daño debe entregar a la víctima, es a lo que se conoce como accidente de resbalón y caída.

Si usted desea tener la absoluta certeza de que el percance sufrido por usted o un ser querido se trata -efectivamente- de un accidente de resbalón y caída, acérquese a una firma legal de excelente reputación, tan pronto como le sea posible, y pida hablar con cualquiera de los abogados de accidentes en Miami. Nosotros estamos aquí con nuestra mejor disposición para ayudarle. Tanto así, que le brindamos una consulta completamente gratis para que no tenga que preocuparse por más gastos. Venga a conversar con nosotros, que con toda seguridad le atenderemos, guiaremos y vamos a despejar cualquier duda o inquietud que usted tenga en relación con este asunto. Si se encuentra en el área de Miami Beach, Fort Lauderdale, West Palm Beach o zonas circunvecinas, encontrará que la ubicación de nuestras oficinas le resultará gratamente conveniente.

Muévase de prisa, si no quiere perder la indemnización

Actuar con rapidez es fundamental para asegurar el éxito. Hay que moverse de prisa cuando lo que se intenta es que la víctima reciba la compensación económica por los perjuicios sufridos y que sus derechos no se vean menoscabados. El tiempo es un factor que aquí actúa en contra, por múltiples razones, entre ellas:

  • La denuncia debe efectuarse en un período no mayor a los 30 días de la ocurrencia del hecho
  • Las lesiones leves pueden desaparecer sin haberse dejado constancia clínica de su existencia
  • Algunas lesiones pueden agravarse, por no seguirse las recomendaciones médicas correspondientes y ello puede ser opuesto como excepción por la contraparte, para reducir el pago de la indemnización o evitarlo por completo
  • Las condiciones de la superficie en donde ocurrió el accidente pueden variar en muy poco tiempo

Entonces, permítame repetir esto: el tiempo es un factor crucial que hay que tomar en cuenta, cuando nos enfrentamos a un caso de lesiones causadas como consecuencia de un accidente de resbalón y caída. Como ocurre con cualquier reclamación ante las compañías de seguros o ante el agente responsable del hecho ilícito, y ya sea que se trate de un asunto de reclamación amistosa o una causa contenciosa en la que hay que recurrir a la vía judicial, hay ventanas de tiempo que deben ser tenidas en cuenta. Ergo, las acciones tendentes a obtener el resarcimiento de los daños, deben iniciarse dentro de determinados lapsos temporales que no pueden dejarse fenecer, so pena de perder todos los derechos e indemnizaciones a que haya lugar.

Cuando hablamos específicamente de los casos de accidentes de resbalón y caída, debemos tener muy presente que el agraviado dispone de tiempos muy cortos para actuar en resguardo de sus derechos e intereses.

Su abogado de caídas y resbalones le dará las instrucciones y recomendaciones precisas para actuar en su caso particular. La recopilación de evidencias, los registros médicos, la toma de muestras, las actuaciones de expertos peritos… todas estas son tareas que deben acometerse sin perder tiempo alguno. Nosotros sugerimos que se ponga de inmediato en contacto con su abogado de accidentes de resbalones y caídas de confianza. Hay evidencias que deben ser colectadas y recomendaciones que deben seguirse, prácticamente desde el momento mismo de ocurrir el accidente. Suele ocurrir que, por ignorancia o descuido por parte de la víctima o de sus familiares, no reciba la atención médica que certifique la magnitud y gravedad de sus heridas, inmediatamente después de haber sucedido la caída o resbalón. Ello puede deberse a que no se aprecien heridas de tipo superficial, lo que hace suponer (erróneamente) que la caída no ha generado inconvenientes y trastornos a su salud. No obstante, las lesiones más graves suelen dar indicios de su presencia después de haber transcurrido alrededor de 24 horas, como ocurre en el caso de lesiones cerebrales y neurológicas. Tenga a mano, en todo momento, los datos de contacto de un abogado especialista en lesiones y, por favor, no pierda tiempo en hacerlo.

¡Un accidente de resbalón y caída puede suceder en casi cualquier lugar!

Un tropiezo, un resbalón y una aparatosa caída pueden ocurrir en casi cualquier superficie, en cualquier momento, cuando menos se lo espere. En segundos ¡o menos!, usted podría resultar con fracturas, hematomas o contusiones craneales, por algo tan simple como que no se haya colocado una advertencia de suelo resbaladizo, en un pasillo que está húmedo por haber sido recientemente lavado. O porque el encargado de realizar labores de mantenimiento del gramado, olvidó recoger un implemento con el cual tropezó, ya que usted no podía saber que estaba ahí, oculto por el césped que cubre la cancha de fútbol donde se preparaba para practicar un rato. O esa baldosa quebrada que está en uno de los escalones a la entrada de la escuela, ocasionó que uno de sus niños se cayera, dándose de lleno contra el piso y causándole la pérdida de piezas dentales. ¡Un verdadero dolor de cabeza, en toda la extensión literal y figurativa de la frase!

Y no solo se trata de lesiones físicas, corporales, tangibles y evidentes como cuando hablamos de fracturas y cortaduras. No. La víctima, sus familiares, tienen derecho a recibir una indemnización también por daños emocionales o psicológicos, como cuando hablamos del dolor y sufrimiento experimentado por el lesionado y por sus familiares.resbalon pileta miami

Por otro lado, si el accidente ha ocurrido en parte gracias a un descuido de la víctima, un buen abogado especializado puede exigir una responsabilidad objetiva parcial, por parte del agente responsable, y con ello lograr que se proporcione ayuda económica, total o parcial según el caso, que sirva para el pago de los tratamientos médicos necesarios, la terapia, los medicamentos, las cirugías, prótesis e intervenciones. El problema con este tipo de accidentes es que pueden llevar, rápidamente, a la quiebra financiera. Por ello es tan importante tener claros los derechos que tiene el agraviado y cómo hacerlos valer, lo antes posible, y obtener de la aseguradora o de quien sea responsable, la mayor cantidad de dinero posible para atender la situación.

La regla de la fuente colateral

La regla de la fuente colateral es una regla de daños y perjuicios por la cual los beneficios recibidos por el demandante, provenientes de una fuente totalmente independiente para el infractor (colateral), no reducirán la cuantía de los daños de otro modo recuperables. De acuerdo a esta regla, cualquier evidencia de fuentes de pago adicionales o alternativas, en beneficio del demandante, por los gastos o pérdidas que se reclaman como daños en una acción civil, así como la indemnización que deba sufragar el seguro, se excluye como irrelevante. La regla de la fuente colateral establece que si una persona lesionada recibe una compensación por sus lesiones de una fuente totalmente independiente del causante del daño, dicho pago no debe deducirse de la indemnización que de otro modo recabaría del agraviante.

Al considerar que esta regla permitía, en ciertos casos, la doble indemnización, fue anulada por la legislatura de Florida hace varias décadas, sustituyéndola por la actual regla de compensación. Esta obliga a que el tribunal deduzca de la cuantía de los daños otorgados, el total de todas las sumas que se hayan sufragado a favor del demandante, por fuentes colaterales. No obstante, en los últimos tiempos se nota una tendencia a volver a ella, en vista de algunos casos recientes que han sido resueltos en el estado de la Florida. Como sea, una reclamación de indemnización por lesiones, por lo general va a contar con la resistencia de los responsables, quienes harán uso de cuantas excusas, defensas y excepciones estén a su disposición, para evitar pagar la indemnización. Un abogado experto en este tema, como los abogados que forman parte de nuestra firma legal, está muy al tanto de los recursos y reglas de las cuales puede hacer uso, al momento de representar a su cliente en una reclamación.

En definitiva, un abogado de caídas que conozca cómo se resuelve exitosamente este tipo de asuntos derivados de los accidentes de resbalón y caída, es el mejor aliado que una víctima puede tener, cuando se trata de percibir la máxima indemnización posible por los perjuicios sufridos.

Contáctenos de inmediato para garantizar el éxito absoluto en la mejor resolución de su caso, sin más pérdidas que lamentar.

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